este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; de conformidad con la Resolución Nro. 2018-0013, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24-10-2018, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: NIXON ANTONIO REYES GONZALEZ, un (1) Local Comercial, con una superficie de construcción: TRESCIENTOS VEINTITRES CON VEINTINUEVE METROS CUADRADOS (323,29 ). Cuya área total de terreno es de SEISCIENTOS DIECISÉIS CON CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (616,46 ). Las especificaciones de dicho inmueble son las siguientes: paredes de bloque de concreto, paredes con revestimiento de friso acabado liso, cubierta de techo tipo loza nervada y zinc, piso de cemento, puertas metálicas, ventanas de hierro, dicho inmueble esta ubicado en el sector La Pica, Parroquia Urumaco, Municipio Urumaco del Estado Falcón, sobre un.....