Este Tribunal Primero de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el articulo 623 de la ley Orgánica para la protección del niño niña y adolescente Impone a el joven adolescente al joven Adolescente OSWALDO ALEJANDRO GONZALEZ MARTINEZ, venezolano, soltero, de 15 años de edad, nacido en fecha 23-06-1997, titular de la Cédula de Identidad No. V-25.784.968, estudiante, domiciliado en la Urbanización Las Eugenias, Segunda Etapa, Novena Transversal, Casa No. B8-9, Coro, Estado Falcón, hijo de Jaime González y Yajaira Martínez Mendoza, teléfono: 04146800200; por la comisión en el delito de USURPACION DE IDENTIDAD, tipificado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de la Sanción de AMONESTACION de conformidad con los artículo 623 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni.....