DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Imposición de MEDIDA CAUTELAR SUSRTITUTIVA DE LIBERTAD, conforme a los artículos 256 Ordinal 1° en concordancia con el artículo 260 del Código Orgánico procesal Penal, consistente en la DETENCION DOMICILIARIA CON APOSTAMIENTO POLICIAL, al ciudadano: RAFAEL PAEZ, venezolano, de 29 años de edad, Fecha de Nacimiento: 27/11/74,Titular de la cédula de identidad N° V-13.203.223 y residenciado en el Barrio Cruz Verde, Calle El Tenis N° 04, Coro Estado Falcón por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 407 y 278 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal. SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda.....