II
DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano JOSE RAMON NAVAS CRISTIANS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 7.491.813, contra la COMPAÑÍA ANONIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE) FILIAL DE CADAFE, ambas partes identificadas en autos, cuyos fundamentos y razones se expusieron en la parte motiva de la sentencia; SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada COMPAÑÍA ANONIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE) FILIAL DE CADAFE a cancelar los conceptos que se explanaron en la parte motiva de la sentencia; TERCERO: No hay Condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Único del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese, agréguese y No.....