este Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley. Declara el Cumplimiento Total de la Pena impuesta al penado JOSE VICENTE VILLALOBOS RUIZ, arriba bien identificado, y en consecuencia la Extinción de la Responsabilidad Criminal, en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, que lo condeno a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; en perjuicio del estado Venezolano. Y SE MANTIENE PRIVADO DE SU LIBERTAD, POR LA CONDENA QUE EFECTUÓ EL TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL QUE LO CONDENÓ A DIEZ (10) AÑOS Y SEIS MESES (06) DE PRISIÓN, POR LOS DELITOS DE POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS ROBO AGRAVADO previsto y sanciona.....