este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley , Decreta: De conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano MISAEL RANGEL NEBRUS MIQUILENA, Venezolano, soltero, taxista, titular de la Cédula de identidad N° 19.823.553, residenciado en Barrio cinco de Julio, calle las palmas, casa N° 05, cerca de la bodega "Inversiones Zeidi", Coro, Estado Falcón por la comisión del delito de Robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente en concordancia con el artículo 277 del Código Penal. El siguiente procedimiento se llevara por vía ordinaria.