En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la Materia para conocer de LA INTERDICCIÓN promovida por la ciudadana TIBISAY GREGORIA TREMONT HIDALGO, asistida por la Abog. Katiuska Elena González, cuya pretensión es someter a interdicción a su hermana JUDITH COROMOTO TREMONT HIDALGO; plenamente identificadas en autos, de conformidad con lo previsto en los artículos 28, y 60 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 735 del mismo Código, en concordancia con el artículo 3º de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02-04-2009. En consecuencia, se acuerda:
PRIMERO: Se considera COMPETENTE para conocer del presente asunto al .....