este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se revisa la medida de coerción personal que pesa sobre la ciudadana ELSA HERNANDEZ de conformidad con sus necesidades socio económicas vista que la ciudadana se encuentra en detención domiciliaria la cual le imposibilita la posibilidad de trabajar y adquirir sus alimentos siendo único sostén de familia y se sustituye por la medida de presentación ante el alguzilasgo cada 60 días ello de conformidad con el articulo 141 numeral 2 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y el articulo 250 y 242 numeral 3 del COPP. SEGUNDO: se admite totalmente la acusación así como los medios de pruebas presentados por el ministerio publico, por reunir los requisitos del articulo 308 del COPP. TERCERO: una vez admitida la acusación se impone a la ciudadana ELSA HERNANDEZ del procedimiento por admisión de los hechos a quien se .....