Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de paralización de obra incoada por los ciudadanos CARLOS MIGUEL SUÁREZ PÉREZ y ELÍAS ANTONIO HALABÍ LOZADA, representados por el abogado HERNÁN CARVAJAL MORALES, contra el ciudadano BENITO MARIO BERTOLONI NICOLAI y la Sociedad Mercantil DESARROLLO TURÍSTICO MARYSOL "OO", C.A. todos plenamente identificadas en el texto del presente fallo.
Se condena en costas a la parte querellada.