En razón de los motivos de hecho y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECLARA: PRIMERO: Sin lugar el RECURSO DE NULIDAD, incoado por la ciudadana DIOSMARY UZCATEGUI DIAZ, Venezolana, mayor de edad e identificada con la cédula de identidad Nº 11.141.050, contra la Providencia Administrativa Nº SPIL-088-2007, emitido por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO FALCON, con sede en Coro; en fecha 31 de octubre de 2007. Como consecuencia de ello, se declara valido el acto administrativo recurrido. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido. TERCERO: Se ordena notificar mediante oficio de la presente decisión, a la Inspectoría del Trabajo de la Circunscripción Judicial de.....