Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: la flagrancia previsto y sancionado en el articulo 234 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso mediante el Procedimiento de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 456 ULTIMO APARTE DEL CÓDIGO PENAL VENEZOLANO en contra de DELGADO MARIN LUIS JACKSON CUARTO: sin lugar la solicitud de la representación fiscal sobre la imposición de una Medida Cautelar sustitutiva de libertad articulo 242 numeral 1 consistente en el arresto domiciliario .....