Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por el Abogado ALIRIO PALENCIA DOVALE inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 60.018, actuando en condición de Apoderado Judicial del ciudadano: ILDEMARO ALEJANDRO PONTILES GARCIA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. 10.701.141; SEGUNDO: Admitidas las pruebas promovidas por el abogado YVAN ROBLES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 91.879, obrando en representación de la empresa CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC); a excepción de la prueba de inspección judicial, por las razones expuestas en auto.