Con fundamento en los hechos analizados, las disposiciones legales aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente y utilizada, así como todos y cada uno de los motivos que preceden, este Juzgado Superior del Trabajo del Estado Falcón, procediendo como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativa Laboral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad intentado por la Sociedad Mercantil FERRETERÍA PEPINO, C. A., a través de su apoderado judicial, abogado José Humberto Guanipa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 23.658, en contra de la Certificación No. 0678-2011, de fecha 1 de febrero de 2011, dictada por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES FALCÓN (DIRESAT-FALCÓN), adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL).
SEGUNDO: Se .....