este Tribunal primero de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara Incompetente por la Materia para conocer de la solicitud de entrega del Vehículo presentada por la Ciudadana YAMILETH JOSEFINA ORTIZ ZAVALA, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° 14.027.932, con domicilio en esta ciudad de Coro, estado Falcón, debidamente asistida por los abogados NADESKA TORREALBA y ROLANDO ROJAS, inscritos en el inpreabogado bajo el número 1.685 y 197.274, con domicilio procesal en el parcelamiento Andara, calle 2, casa N° 31, Coro, estado Falcón.