Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, solicitado por los ciudadanos: NELIDA VIRGINIA GARCIA PACHANO Y CARLOS EMILIO JIMENEZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 4.108.766. Y 4.134.808, respectivamente domiciliados En el Municipio Miranda del Estado Falcón., asistidos por el abogado CESAR DAGOBERTO GARCIA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.741..- con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión, quedará disuelto el matrimonio cesando la comunidad de bienes entre los cónyuges. Déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Anéxese a la pieza principal el presente dispositivo.
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