ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, el cual actúa en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Este Tribunal se declara incompetente para sustanciar la presente solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano DIEGO ANTONIO BETHANCOURT ZAVALA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No.16.519.393, debidamente asistido por el abogado LUIS JOSE REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 41.357; declarándose competente al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito, que este de guardia.