Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite el escrito de contestación presentado por la defensa pública por cuanto fue presentado dentro del lapso previsto en el artículo 311 del texto adjetivo penal, se declara sin lugar la excepción establecido en el literal "i" del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal opuesta porla defensa así como solicitud de Nulidad de la acusación y Sobreseimiento presentada por la Defensa Pública, así como también Sin Lugar el Cambio de Medida. Se admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público contra el ciudadano imputado RAUL ANTONIO HIGUERA FLORES, venezolano, titular de la cédula Nº V- 21.668.598 fecha de nacimiento 22/01/1993, de 20 años de edad, de estado civil Soltero y natural de la Vela Coro, D.....