En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar el conflicto negativo de competencia suscitado entre los Juzgado Segundo de Primera instancia en lo civil, mercantil, agrario y tránsito y el Juzgado Tercero del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial, ambos con sede en Punto Fijo, para conocer del juicio de resolución de contrato de arrendamiento, seguido por el ciudadano HORACIO RAMON GUEDEZ IZQUIERDO, en su condición de propietario de un inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida distinguida con el N° 5-15, situada en la Urbanización "Los Médanos", Sector San Rafael, Puerta Lagoven, Municipio Los Taques, Estado Falcón, contra el ciudadano JESUS ENRIQUE GRATEROL BRICEÑO.
SEGUNDO: Se declara competente al Juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil, agrario y tránsito de esta.....