PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DIFERENCIAS SALARIALES, INDEMNIZACION POR ACCIDENTES DE TRABAJO, INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑO MORAL POR ENEFERMEDAD OCUPACIONAL Y PAGO DE LUCRO CESANTE POR DISCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE PARA EL TRABAJO HABITUAL A CONSECUENCIA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoara el ciudadano JUAN CRISOSTOMO REYES PEREZ, en contra de la EMPRESA PDV MARINA S.A. por los motivos que se explanan en la parte motiva de la sentencia definitiva; Así se decide. SEGUNDO: se condena a la entidad de trabajo PDV MARINA S.A. al pago de las cantidades que se explanan en la parte motiva de la decisión. Así se decide. TERCERO: No se condena en costas en virtud de los criterios Jurisprudenciales reiterados, en cuanto a los privilegios que asisten a la empresa demandada. Así se decide. CUARTO: Por cuanto se encuentran involucrados intereses de la Nación, se ordena la notificación del PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, de conformidad a lo estableci.....