Este tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con Sede de en la Ciudad de Coro, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se considera NO CULPABLE al ciudadano YOENDRY RAMON CAMPOS ACOSTA, titular de la cédula de identidad N° 15.558.272 venezolano, de 33 años de edad, nacido en fecha 15-03-1981 de profesión Funcionario, Albañil Domiciliado: Calle la Verdad, con calle Sucre del Barrio Cruz Verde casa N° 16 de color blanca al lado del Auto LABADO PAPACHE. Coro Estado Falcón y por ende, se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA a su favor, en la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE FRUSTRADO, previsto en el artículo 405 en relación con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio de EDGARDO RAMON DIAZ CHIRINO. SEGUNDO: Se exonera de costas procesales al Estado representado por el Ministerio Público conforme al contenido del artículo 34 del Código Penal venezolano, en relación con el artículo 26 de la C.....