ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA Extinguida la Acción Penal y el SOBRESEIMIENTO del asunto Nº IP01-S -2004-000080, donde aparece como imputado: CRISTOPHER JOSE IRAUSQUIN MEDINA, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL previsto en el articulo 379 del Código Penal en perjuicio de la adolescente EGLIMAR TOYO COLINA, por considerar que la misma esta prescrita, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º y el Artículo 106 y 395 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
ABG. YANYS MATHEUS SUAREZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
EL SECRETARIO DE SALA
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