De conformidad a lo previsto en el artículo 331 ejusdem, Se Ordena la Apertura del Juicio Oral y Público en contra del ciudadanoALEJANDRO ALFONZO FUENTES, venezolano, mayor de edad, de 21 años de edad, nacido en Maracaibo Estado Zulia en fecha 20-08-81, comerciante ,soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 16-352-603 y residenciado en el Sector Panamericano, casa N° 57-11, como a tres casas del depósito Mi Manzana, en Maracaibo Estado Zulia, hijo de Benilda Rosa Fuentes, por el delito previsto en de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. CUARTO: Se emplazan a las partes para que en un plazo común de cinco dias concurran por ante el Juez de Juicio respectivo. Se faculta suficientemente al secretario a los efectos de que remita en su oportunidad las presentes actuaciones al Juez de juicio correspondiente. Notifíquense .....