De conformidad con lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 664 ejusdem, este Tribunal Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA EMBARGO EJECUTIVO; sobre un bien inmueble propiedad del Ciudadano Vitelio José Romero Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.423.182, domiciliado en la Calle Urdaneta de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, el cual está constituido en una parcela de terreno ubicada en la Calle Urdaneta de la población de Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, la cual mide Un mil metros cuadrados (1.000, mts2), alinderado de la siguiente manera: Norte, Este y Oeste: con un Inmueble que es o fue de Domingo Marchan Torres y Sur: con la Calle Urdaneta. Y una vivienda unifamiliar construida sobre dicha parcela de terreno, adquirido de la siguiente manera: a) la parc.....