Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Parcialmente Admitidas las pruebas promovidas por el abogado en ejercicio PEDRO MIGUEL RIVERA ROSALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.883, actuando en nombre de la ciudadana ISABEL CRISTINA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.775.285, como Única y Universal Heredera del de cujus DAYANA CARABALLO MARTINEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.19.423.411, domiciliada en el Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo.