Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano LIZANDRO JOSE CHIRINOS titular de la cedula de identidad Nº 16.349.705 nacido en la Ciudad de Coro fecha 12/04/1979 de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Albañil residenciado en Sector Ali Primera, calle Principal, Casa n al Lado de la Compañía cerca de la Cauchera, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 83 del Código Penal venezolano, igualmente se impone a la ciudadana CARMEN HERNAIDA GAMBOA.....