En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, con el fin único y exclusivo de optar por la pensión de sobreviviente de la empresa CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S.A., (CORPOELEC), del ciudadano: OSCAR SIMÓN SALGUEIRO JIMENEZ, en su condición de ESPOSA, a la ciudadana: NELLY AUXILIADORA JULIAO LAMUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.523.804, domiciliada en: Santa Ana de Coro, Carretera ví.....