En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, decreta: PRIMERO: OTORGA EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO por el lapso de TRES (3) MESES, SIETE (7) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, al penado: EIVAR RAFAEL RIVAS MARTINEZ, identificado plenamente al inicio de la resolución, actualmente cumpliendo condena de OCHO (08) AÑOS de prisión por la comisión deL delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Vigente, ello de conformidad con los artículos 479, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 2, 3, 5, 6 y 14 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio. SEGUNDO: Declara ACTUALIZADO, el cómputo de la pena impuesta al sentenciado en los términos y cálculos efectuados en la motiva de la resolución judicial.