Por todo lo antes expuesto, y una vez constatada que la presente causa se encuentra paraliza, por cuanto la misma fue requerida por este Tribunal Segundo de Juicio a los fines de proveer la solicitud de revisión de medida cautelar interpuesta por el defensor del acusado Rafael Eduardo Sánchez Castro y siendo que una vez recibida la causa y revisada la medida cautelar, no se devolvió a la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, tal como lo acordó este Tribunal Segundo de Juicio en fecha 19-02-00 lo que consecuencialmente mantiene la causa paralizada. Razón por lo cual se acuerda remitir con carácter de urgencia el precitado asunto a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a los fines de que se pronuncie sobre el acto conclusivo. Así se decide. Notifíquese a las partes y remítase la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público. Cúmplase.
La Juez
La Secretario
Abog. Norkis Inocencia Aguilar Duno Abg.Olivia Bonarde
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