este Tribunal Penal Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Segundo Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación de la Fiscalía 21° del Ministerio Público, presentada en contra del ciudadano: ALQUIMAR RAMON LAGUNA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de 33 años, titular de la cédula de identidad Nº V-16.943.424, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, domiciliado en la calle el Sol con Milagros casa S/N, Coro Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano. Se admiten las pruebas tanto testimoniales como documentales ofrecidas por la Fiscalía 21° del Ministerio Público, por legales, lícitas, .....