DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano ANDRÉ AVELINO PEREIRA asistido por el abogado Reinaldo Torbello Gómez contra actuación del TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Punto Fijo, con motivo del juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL intentado por la ciudadana LOURDES GONCALVES, contra la firma personal REFRESQUERÍA OPORTO representada por el ciudadano ANDRÉ AVELINO PEREIRA.
SEGUNDO: No ha lugar a costas procesales dada la naturaleza de la acción.
Déjese transcurrir el la.....