Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente de Coro Estado Falcón; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta el Sobreseimiento Provisional de conformidad con el articulo 561, literal ?e? de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida a el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, venezolano de 17 años de edad, nacido en fecha 11/05/84, por uno de lo delitos Contra las Personas (HOMICIDIO) Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
Abg. NIRVIA GOMEZ GONZALEZ
JUEZ DE CONTROL.
Abg. CARISBEL BARRIENTO
SECRETARIA DE SALA
.....