En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, otorga el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a los sentenciados LUIS MANUEL AMAYA PEROZO y, ADRIAN RAFAEL NARANJO BERMUDEZ, identificados ampliamente al inicio del fallo, quienes fueron condenados a tres (3) años de prisión por el delito de Contrabando, previsto en el artículo 2 de la Ley de Contrabando, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 494, 495 y 498 del Código Orgánico Procesal Penal. Fija el plazo de DOS (2) AÑOS de régimen de prueba y les impone las obligaciones señaladas en la parte motiva de la decisión