Es por todo lo anteriormente expuesto que en aras de garantizar, la Celeridad Procesal y el debido proceso así como la Tutela Judicial efectiva, principios estos que deben observarse en todo procedimiento de índole judicial y mas aun en el proceso adolescencial, y en atención a que los órganos de policías del Estado no han podido capturar al adolescente: DANIEL JESÚS MONTANER ROJAS este Tribuna Segundo en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se ordena: PRIMERO: ratificar la orden de captura de los adolescentes: DANIEL DE JESUS MONTANER, NO HA CEDULADO, venezolano, de 14 años de edad, para la época, fecha de nacimiento 18/6/1994, soltero, domiciliado en la calle LUIS ESPELOZIN de la Urbanización Cruz Verde, Santa Ana de Coro, falcón. a todos los Órganos de policía del estado y qu.....