este Juzgado primero de primera instancia en funciones de ejecución del circuito judicial penal del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLINA para conocer del presente asunto penal seguido contra la penada CRISLENYS ANDREINA ALVAREZ, CRISLENYS ANDREINA ALVAREZ; cédula de Identidad No. 16.349.553, actualmente recluida en la comunidad penitenciaria de Coro, quien resultó condenada a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal vigente por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en el juzgado segundo de ejecución de este circuito judicial penal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 70, 73, 74, 76 y 80 del código orgánico procesal penal. Se acuerda la división de la continencia de la causa......