Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto ABOGADOS ELIEZER NAVARRO, EMILIO BERMÚDEZ Y PEDRO RODRÍGUEZ ROQUE, en sus caracteres de Defensores Privados del ciudadano GUILLERMO CORONEL BARROSO, en contra de la decisión emitida por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Extensión Punto Fijo, en fecha 27 de mayo de 2005, con ocasión a celebración de Audiencia de Presentación, que se le sigue al ciudadano antes identificado, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICÍTO DE ARMA DE FUEGO, ROBO AGRAVADO Y ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y en la que el Tribunal Primero de Control decretó Privación Preventiva de Libertad.-
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despa.....