este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley , Decreta: De conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del Ciudadano FRANKLIN JESUS SANCHEZ LUGO, Venezolano, comerciante, titular de la Cédula de identidad N° 15.315.762, residenciado en Barrio Zumurucuare, calle san Martín, casa sin número de color verde con amarillo, Coro, estado Falcón, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego, ocultamiento de arma y aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previstos y sancionados el en articulo 277 del Código Penal y en el encabezamiento del artículo 470 eiusdem, con fundamento en el artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal en absoluta concordancia con los artículos 6 y 282 ejusdem. Se acuerd.....