SEGUNDO: Se admiten totalmente y se declaran licitas, útiles, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público.
TERCERO: Una vez admitida la Acusación Fiscal, este Juzgado le informa al Acusado THOMAS JOSE RUJANO LEAL; de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, manifestándole que en el presente asunto solo procede el procedimiento por Admisión de Hechos y la Suspensión Condicional del Proceso. Acto seguido se le preguntó al acusado si se acogía al procedimiento por Admisión de Hechos o Suspensión Condicional del Proceso y el acusado explanó: "admito los hechos que me atribuye el Ministerio Público, pido disculpas públicamente a YIYOLA HURTADO CONTRERAS y pido la Suspensión Condicional del proceso, me comprometo a cumplir las obligaciones que me imponga el Tribunal. En este estado la Representación del Ministerio Público manifestó estar de acuerdo y la víctima no se opone a la solicitud del Acusado, previa verificación por parte del Tribunal en e.....