DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida por el abogado Christian Leteo Lizardo, en su carácter de apoderado judicial de la empresa GRUPO TEO C.A., mediante diligencia de fecha 3 de marzo de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 26 de enero de 2016, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, con motivo del juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN seguido por el ciudadano DIMAS DÍAZ CHÁVEZ contra la sociedad mercantil GRUPO TEO C.A., mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conf.....