Visto oficio N° 001590 de esta fecha, emanado de la Dirección de Investigaciones de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón mediante el cual informa la efectiva captura del Ciudadano ALEX JOSÉ MORALES en virtud de Orden de aprehensión decretada por este Tribunal en fecha 04-08-03. Así mismo se observa que por ante el Juzgado primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal cursa causa IP01-S-2003-000799 seguida en contra del Ciudadano ALEX JOSÉ MORALES por el delito de Robo impropio (Arrebatón) y Lesiones Personales Leves en perjuicio de MEREDIT ATIENZO ARÉVALO cuya pena a ejecutar es de Diez meses, Quince Días de prisión mas las accesorias de Ley, pena superior a la establecida para su cumplimiento en la causa que cursa por ante este Tribunal. En consecuencia, a los fines de resolver lo planteado se considera. PRIMERO: El traslado inmediato del penado ALEX JOSÉ MORALES, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 15.872.800 y residencia.....