Ahora bien, en atención al oficio procedente del Circuito Judicial del Estado Monagas, donde informa que el penado Pablo Antonio Romero Sanabria, se presento durante 12 semanas consecutivas y no lo hace desde el dia 18-06-2004 y a los fines de resolver sobre incumplimiento y violación por parte del penado, de las condiciones que le fueron impuestas para el otorgamiento de la Conversion de Pena de Prision en Pena de Confinamiento, y pronunciarse sobre la revocatoria o no del mencionado beneficio, es que éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon Extensión Punto Fijo, acuerda, mediante oficio, Librar Exhorto con copia certificada del presente Auto, al Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, con sede en Maturín, a los fines de que convoque una Audiencia Oral y Pública a tenor de lo preceptuado en el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, para oir a las partes acerca de la eventual revocatoria del Confinamiento .....