Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se admite la presente QUERELLA, interpuesta por los profesionales del derecho DIMAS RODRÍGUEZ, ROLANDO ROJAS Y NADESKA TORREALBA, actuando como Apoderados Judiciales de la ciudadana: R. N. P. C. (SE OMITE IDENTIDAD), contra el ciudadano ROBERTO RAMÓN GARCÍA MEDINA, quien es venezolano, casado, mayor de edad, de 51 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-09.507.621 y domiciliado en el Sector Los Perozo, calle Principal, Iglesia Evangélica "Fuente Viva", Municipio Miranda del Estado Falcón, por la presunta comisión de los delitos de Amenaza, Acoso Sexual, Violencia Sexual, Trata de Niños, previstos y sancion.....