este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se admiten las pruebas promovidas por la Defensa Pública Tercera, se acuerda la ampliación de la medida del régimen de presentación de cada ocho (08) días pasa hacer cada quince (15) días el régimen d presentación por ante la sede de este tribunal. Se declaran SIN LUGAR las excepciones opuesta por la Defensa Pública. SEGUNDO: Se Admite TOTALMENTE la Acusación Fiscal interpuesta por el Ministerio Público., contra el ciudadano EYRIN CARLOS RIVERO COELLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V27.206.545, no se acoge la calificación jurídica imputada por TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACINTES EN MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 segunda parte de la Ley Orgánica d Droga, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO), se le.....