DECISION
En merito de los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: CON LUGAR la IMPUGNACIÓN del legajo de copias certificadas remitidas por la Sindicatura Municipal en fecha 09 de Junio de 2010, que corren insertas desde los folios 157 al 178 (ambos inclusive), hecha por la representación judicial de la parte Demandada Reconviniente. En consecuencia se desechan del Iter Probatorio.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte Demandante Reconvenida por haber resultado totalmente vencido en la presente incidencia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese.
Déjese copia certificada del presente fallo en.....