DECISION
En merito de los fundamentos de hecho y de antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la solicitud de suspensión de la medida ejecutiva dictada en fecha 14 de Julio de 2014, en consecuencia se deja sin efecto el mandamiento ejecutivo dictado por este Tribunal en la fecho Up Supra indicada.
Publíquese y Regístrese. Líbrese los oficios respectivos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, con sede en Punto Fijo, al 27 día del mes de Octubre de 2014. Años: 204° y 155°.-
El Juez Provisorio,
Abog. ESGARDO BRACHO GUANIPA.
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