En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la abogada Neymar Mayerlings Vargas Gómez, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MIREYA CRISTINA CAMBERO CORDERO, contra la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2014, dictada por el TRIBUNAL DE SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, con sede en Punto Fijo, y la causa signada con el N° 9.977 que la contiene.
SEGUNDO: No se imponen costas procesales, dada la naturaleza de la acción.
Déjese transcurrir el lapso correspondiente para el recurso de apelación.
Regístrese y publíquese la presente decisión, inclusi.....