CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES incoada por el BANCO DE CORO, en contra de los ciudadanos autos WILLIAN OTONIEL CAMACARO, como deudor del pagaré y los ciudadanos MANUEL RODRIGUEZ PORTILLO y CARMEN RAMONA CAMACARO, como fiadores solidarios.
2. Se condena a los demandados a cancelar las siguientes cantidades:
1. La cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCOMIL BOLIVARES (Bs. 4.375.000,oo) por concepto de capital adeudado.
2. UN MILLON NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS TRECE BOLIVARESCON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs. 1.924.913,19), por concepto de intereses ordinarios causados desde el 06 de agosto de 2002 al 06 de marzo de 2004 .
3. UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON OCHENTA Y UN CENTIMO (Bs. 1.735.700,81), por concepto de intereses moratorios calculados desde el 06 de septiembre de 2002 al 15 de marzo de 2004.
4. Los intereses moratorios que se sigan causando.
5. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del .....