En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA ACCIÓN DE DIVORCIO fundamentada en el artículo 185 numeral segundo del Código Civil, intentada por el Ciudadano FRANCISCO ANTONIO DIAZ LUGO, en contra de la ciudadana GAIDALY JOSEFINA GONZALEZ GONZALEZ, plenamente identificados en autos. Quedando comprobado el abandono voluntario por parte de la ciudadana GAIDALY JOSEFINA GONZALEZ GONZALEZ. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los prenombrados Ciudadanos que fue contraído por ante el Registrado Civil Municipal San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, en fecha 22 de Septiembre de 1.995. Con r.....