Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INTERDICTO DE AMPARO, incoadapor la ciudadana PYERINA PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-13.706.910, de profesión abogado inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro 120.372, actuando en representación propia y en contra del ciudadano RONAL VARGAS, titular de la cedula de identidad V-12.427.562, de este domicilio.
Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida en este juicio con arreglo al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.
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