En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa de conformidad con lo previsto en el artículo 3º de la Resolución Nº 2009-0006, del 18-03-2009, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena. Así se decide.
SEGUNDO: En virtud de los pronunciamientos anteriores, se DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas.
TERCERO: Se ordena remitir el expediente al Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, una vez que quede firme la presente decisión de conformidad con el.....