DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con lugar la solicitud de la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público e impone al ciudadano RAMON ANTONIO CHIRINOS, ya identificado, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el numeral 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada treinta (30) días, por ante la sede del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Punto Fijo, por la presunta comisión del Delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 277 ejusdem. Se declara la aprehensión en flagrancia y se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario. Se hace constar que las partes quedaron not.....